La intención es fundamentalmente que los/as autónomos/as que tributan por la modalidad de módulos puedan incrementar el valor de sus ayudas de 500 a 750 euros, justificando sus pérdidas durante la pandemia con la declaración de la renta.
El Ayuntamiento de Gelves ha decidido ampliar el plazo para la presentación de solicitudes a las ayudas ofertadas tanto a empresas como a autónomos/as de la localidad hasta el 31 del presente mes de mayo. La intención es fundamentalmente que los/as autónomos/as que tributan por el régimen de módulos puedan incrementar el valor de sus ayudas de 500 a 750 euros, justificando sus pérdidas durante la pandemia con la declaración de la renta.
Hay que recordar que estas ayudas pertenecientes al Plan Contigo (líneas 7, 8 y 9 del Programa de Empleo y Apoyo Empresarial) de la Diputación de Sevilla y se pueden emplear en el mantenimiento y la consolidación del trabajo autónomo, la creación de empresas y la contratación de trabajadores/as. oscilando las cuantías entre los 500 y los 2.850 euros.
Según aparece en las bases de la convocatoria, el abono de las ayudas concedidas se realizará a partir de la fecha de la resolución de concesión en un solo pago, como ingreso previo anterior a la justificación, mediante transferencia bancaria y por el importe íntegro de su cuantía.
En cuanto a los requisitos generales son los siguientes:
Además, se contemplan una seria de requisitos específicos para cada una de las líneas mencionadas:
Creación: Haberse dado de alta en el RETA y en la Agencia Tributaria y mantenerse durante 12 meses. No haber estado de alta en el RETA durante los 3 meses anteriores al 25/10/2020.
Mantenimiento: Haber estado de alta en el RETA y en la Agencia Tributaria 3 meses antes 25/10/2020 (se declara el estado de alarma), manteniendo el alta en el IAE y el RETA, de forma ininterrumpida a la fecha de solicitud de la ayuda.
Contratación de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo durante un período mínimo de 3 meses ininterrumpidos e inmediatamente anterior a su contratación. Las contrataciones tendrán que haberse iniciado con posterioridad al 25 de octubre.
Encontrarse legalmente constituidas bajo las formas jurídicas contempladas en las bases, 3 meses antes del 25/10/2020 y mantener la actividad a la fecha de solicitud de la ayuda.
Para ampliar esta información o aclarar cualquier duda el respecto, pueden ponerse en contacto con el técnico encargado de estas ayudas, Rubén Raya Córdoba, enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: rraya@ayuntamientodegelves.com o llamando por teléfono al 95 576 00 00, extensión 131