El Gobierno decreta un nuevo Estado de Alarma debido al incremento generalizado de contagios

El Gobierno decreta un nuevo Estado de Alarma debido al incremento generalizado de contagios

26/10/2020

Su intención es proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas sanitarios y sociosanitarios.

BOE

El Gobierno de España decretó ayer, 25 de octubre, un nuevo Estado de Alarma que estará en vigor hasta el próximo 9 de noviembre, aunque prevé la posibilidad de prorrogarse hasta seis meses más. Una ampliación que está pendiente de su aprobación en función de cómo se vaya desarrollando la situación. Su intención es la de proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas sanitarios y sociosanitarios.

Entre las medidas que recoge este decreto se encuentran:

  • La prohibición de circulación en todo el territorio nacional desde las 23.00 horas hasta 6:00 horas. Un horario que se podrá modificar por parte de las comunidades autónomas una hora antes y/o después de las horas mencionadas. Durante este tiempo se podrá circular para temas esenciales como adquirir bienes de primera necesidad, atender cuestiones de trabajo, regresar al domicilio o prestar cuidados a personas dependientes o vulnerables.
  • Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma y de cada ciudad con Estatuto de autonomía, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados.
  • Los gobiernos autonómicos serán las autoridades delegadas para otras restricciones basadas en sus competencias y en los índices de cada territorio, en coordinación con el gobierno central.
  • Las Comunidades autónomas (CC.AA.) podrán decretar el confinamiento total de su territorio tanto de forma general como sólo en aquellas zonas más afectadas. La población, en estos casos más extremos, podrá desplazarse para acudir al trabajo, ir a centros educativos, acudir a centros de salud,... y demás servicios esenciales, minimizando de esta forma los desplazamientos por otros motivos.
  • Se establece asimismo un máximo de 6 personas para reuniones sociales, tanto al aire libre como en espacios cerrados, exceptuando a convivientes, y otros casos concretos recogidos en el decreto.

 

Para completar esta información pueden consultar el decreto completo (pdf)