El Ayuntamiento informa sobre permisos para eventos de carácter extraordinario

El Ayuntamiento informa sobre permisos para eventos de carácter extraordinario

22/06/2015

La creciente demanda de eventos musicales en la vía pública motiva esta advertencia para evitar confusiones entre los solicitantes.

La creciente demanda de eventos musicales en la vía pública motiva esta advertencia para evitar confusiones entre los solicitantes.

Ante la creciente demanda de solicitudes por parte de propietarios de establecimientos públicos de nuestra localidad para organizar eventos, generalmente de tipo musical, tanto dentro de sus locales como ocupando la vía pública, el Ayuntamiento de Gelves quiere informar de que existe una normativa muy estricta en cuanto a requisitos y plazos que se deben de cumplir en cualquier caso. Concretamente hay que citar tanto la Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos de Andalucía, como el Real Decreto 195/2007 de 26 de junio de la Junta de Andalucía que la desarrolla, donde se especifican, entre otros, requisitos como la presentación de un proyecto técnico muy detallado, o la contratación de un seguro de responsabilidad civil, entre otros.

Para empezar sólo podrán solicitarlo establecimientos calificados como “bares con música”, de los que no existen actualmente ninguno en nuestra localidad.

Además, se ruega que las mencionadas solicitudes se tramiten al menos 15 días de antelación para que los técnicos municipales puedan llevar a cabo los estudios y valoraciones previas y necesarias para la aprobación o no de las mismas.

Por último, hay que hacer extensiva esta última advertencia a cualquier otra solicitud relacionada con actividades de carácter extraordinario, como el corte de una calle por paso de vehículos especiales para obras, celebración de bodas, etc.